Boletín de Abril 2020

by | Apr 20, 2020 | Sin categorizar

COVID-19 e Inmigración

Mientras escribimos esta actualización, todos y cada uno de nosotros enfrenta todos los días este nuevo orden mundial, eventos de rápida evolución que hace apenas un mes eran prácticamente inimaginable.  Para los ciudadanos estadounidenses que gozan de todos los derechos y privilegios de ciudadanía, la incertidumbre en estos tiempos ya es muy difícil.  Ahora imagínese los temores y ansiedades de nuestras comunidades de inmigrantes, en donde los trabajos determinan el estatus, los recursos financieros determinan la capacidad de obtener un beneficio de inmigración, y donde las detenciones por los delitos de inmigración y las puestas en libertad pueden, literalmente, puede implicar la diferencia entre la vida y la muerte. 

Hemos dedicado la mayor parte de este boletín a las leyes de inmigración, procesos, y temas procesales impactados por el COVID-19, y abajo incluimos una actualización de los distintos cambios de política por parte de las agencias federales que administran las leyes y procesos de inmigración.  También resumimos las apelaciones legales clave de los tribunales.

Departamento de Seguridad Nacional: USCIS, ICE, y CBP

USCIS: Muchos beneficios y solicitudes de inmigración se presentan ante los centros de servicio de USCIS por correo, y estas oficinas continúan operando y están procesando los casos Los acuso de recibo se están emitiendo, como también los permisos de trabajo, permisos de viaje, tarjetas verdes, las Notificaciones de Aprobación I-797, y otras notificaciones oficiales se están emitiendo. Y, aunque las solicitudes de evidencia (RFEs) y notificaciones de intención de rechazar (NOID, por sus siglas en inglés) también las están emitiendo, para las notificaciones con fechas entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de mayo de 2020, las respuestas presentadas dentro de 60 días calendario luego del pazo de respuesta, se considerarán como presentadas a tiempo.  Los siguientes son otros cambios de política por parte de USCIS:

Oficinas de USCIS cerradas hasta el 3 de mayo para todos los servicios Presenciales

USCIS cerró al público sus oficinas de campo, oficinas de asilo, y los centros de apoyo de solicitudes hasta el 3 de mayo.   Esto implica que se han cancelado todas las entrevistas presenciales, notificaciones de citas biométricas, y citas de InfoPass.  Todas las citas programadas las está reprogramando USCIS automáticamente para fechas a futuro cuando USCIS retome operaciones normales.  Los solicitantes (y peticionarios) no tienen que contactar a USCIS.

Se aceptarán Firmas Escaneadas en los Formularios de Inmigración

USCIS anunció que aceptará todos los formularios de beneficios y documentos con firmas escritas a mano escaneadas, fijadas, o fotocopiadas de la original, para solicitudes ante USCIS, eliminando la necesidad que los solicitantes y beneficiaros envíen los documentos originales en copia física.  Sin embargo, NO se aceptarán firmas electrónicas.  Los signatarios deben conservar sus documentos originales firmados, en caso de que USCIS los solicite.  No obstante, USCIS no ha eliminado los requisitos de foto original para aquellos formularios que la requieren.

USCIS reutilizará Biométricas para la Renovación de Permisos de Trabajo

Aquellos solicitantes que presenten extensiones de permiso de trabajo I-765, sus solicitudes se procesarán usando los biométricos que hayan presentado previamente.  Falta ver si USCIS emitirá permisos de trabajo (y permisos de viaje) para solicitantes por primera vez, ya que USCIS no ha emitido ningún comunicado al respecto.

USCIS NO ha Emitido Mantenimiento de Estatus Automático para No-inmigrantes para los Plazos de Beneficios de Inmigración

Si bien USCIS ha adaptado la presentación de algunos casos y mantiene otros en suspensión sin afectar a los solicitantes, no ha implementado, significativamente, una política a nivel nacional que extienda el estatus automáticamente para aquellos que actualmente estén en estatus, o que extienda los plazos para los beneficios de inmigración, lo cual disminuiría la presión y ansiedad que enfrentan un sinnúmero de no-inmigrantes, sus empleadores, y otros afectados por temas de estatus.  Dando respuesta a esto, la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA, por sus siglas en inglés), presentó una queja ante USCIS en el tribunal del Distrito de EE.UU., solicitando la suspensión inmediata de los plazos para los beneficios de inmigración y el mantenimiento de estatus para los no-inmigrantes en los Estados Unidos. El Director de Litigación Federal de AILA, Jesse Bless afirmó, “USCIS tiene el poder de retardar, inmediatamente o temporalmente, cualquier y todo plazo relacionado con inmigración y el vencimiento de estatus para el beneficio de empleadores estadounidenses, extranjeros admitidos legalmente, y el público.  Muchos de los que están luchando en el frente de la batalla – nuestros enfermeros y trabajadores de salud – son extranjeros con visas de no-inmigrante. Actualmente, los abogados de inmigración que procuran representar eficazmente a los empleadores estadounidenses y extranjeros, se enfrentan a una situación sin salida; arriesgar exposición e intentar de proteger el estatus de inmigración de sus clientes, o protegerse y arriesgar poner en peligro los casos o derechos de sus clientes”.

Otros Temas relacionados con DHS/USCIS

Obviamente la pandemia está arruinando cualquier posibilidad de poder predecir con seguridad sobre cuando los casos que están en desarrollo se van a adjudicar.  El sentido común nos dice que el procesamiento de casos donde se requiera cualquier cosa presencial se va a retrasar.  Sin embargo, ¿USCIS sí dejará de exigir los requisitos de entrevista para los ajustes de estatus basados en empleo, cómo lo ha hecho anteriormente? ¿Dejará de exigir entrevistas para los ajustes de casos de padre-hijo? ¿Realizará entrevistas telefónicas para los casos basados en matrimonio? Cada día surgen nuevos temas preocupantes para inmigrantes como también para los no-inmigrantes.

Una preocupación reciente para los que tienen intención de inmigrar es como puede impactar su caso el recibir beneficios de desempleo.  USCIS ha indicado que los beneficios de desempleo no son considerados por USCIS como una determinación de inadmisibilidad de cargo público ya que USCIS los considera como un “beneficio” devengado.  (Ahora bien, que un extranjero con visa de trabajo pueda solicitar y recibir beneficios de desempleo ya es diferente, y esto puede variar de estado a estado. La mayoría de los estados ya empezaron a suministrar orientación concreta en sus páginas web, sobre como solicitar estos beneficios durante las crisis del COVID-19).  Asimismo, los pagos no recurrentes llamados reembolsos de recuperación (o como se denominan con frecuencia “cheques de estímulo”) para ayudar a las personas a recuperarse de los impactos financieros de la pandemia COVID-19 bajo la Ley de Ayuda, Asistencia, y Seguridad Económica Coronavirus (CARES, por sus siglas en inglés), están estructurados como créditos tributarios y no se toman en cuenta con el fin de determinar un cargo público.

USCIS también anunció que no consideraría las pruebas, tratamiento, o cuidado preventivo (incluyendo vacunas, si una llegará a estar disponible), relacionados con el COVID-19, como parte de la determinación de cargo público, ni tampoco como se relaciona con la condición de beneficio público que aplica a ciertos no-inmigrantes que soliciten una extensión de permanencia o cambio de estatus,  aún si dicho tratamiento se suministra o se paga con uno o más beneficios públicos (ej. Medicaid, que es financiado federalmente).  USCIS ha indicado que dicho tratamiento o servicio preventivo “no afectará negativamente a cualquier extranjero como parte del análisis de cargo público”.

Para los trabajadores no-inmigrantes, los despidos y licencias implican que ellos estarían fuera de estatus, aunque la mayoría tendrán un periodo de gracia de 60 días para encontrar un nuevo empleo o ser recontratado.  Para sus empleadores, las recontrataciones implican nuevas I-9s. No obstante, DHS ha anunciado que empleadores con empleados que estén tomando precauciones de proximidad física debido al COVID-19, no estarían obligados a revisar la entidad de los empleados y los documentos de autorización de empleo con la presencia física del empleado.  Sin embargo, los empleadores tienen que revisar los documentos de la Sección 2 de forma remota (ej. Por medio de un enlace de video, fax, email, etc.) y obtener, revisar, y conservar copias de los documentos dentro de tres días hábiles, con el propósito de completar la Sección 2 de la I-9.  Los empleadores que aprovechen esta opción tienen que suministrar documentación por escrito de sus políticas de on-boarding y teletrabajo para cada empleado.  Asimismo, los empleadores que hayan recibido una Notificación de Inspección (NOI, por sus siglas en inglés) por parte de DHS durante el mes de marzo, y que no hayan dado respuesta, se les otorgará una extensión automática de 60 días desde la fecha efectiva.   Al final del periodo de extensión de 60 días, DHS determinará si se otorgarán más extensiones.

ICE y el Cumplimiento Interno: Ice continúa operando durante la pandemia COVID-19; sin embargo, la agencia ha prometido enfocarse de nuevo en sus prioridades de cumplimiento.  El 18 de marzo, ICE ERO (Operaciones de Cumplimiento y Expulsión) anunció que enfocaría el cumplimiento en los riesgos de seguridad pública y en las personas sujetas a detención obligatoria basada en fundamentos criminales.  La agencia también anunció que no realizaría operaciones de cumplimiento en, o cerca a instalaciones de servicio de salud, tales como hospitales, consultorios médicos, clínicas de salud acreditadas, e instalaciones de cuidados de urgencia o emergencia, excepto en los casos más excepcionales.  Investigaciones de Seguridad Interior (HSI, por sus siglas en inglés) continuarán trabajando con los fiscales del Departamento de Justicia, realizando investigaciones de explotación de menores, trata de personas, tráfico humano, pandillas, y tráfico de estupefacientes.  La agencia también ha implementado los siguientes cambios en respuesta al COVID-19:

La Fianzas Sólo se Podrán Pagar en la Ubicaciones de ICE ERO con Ventanas

ICE limitará la aceptación de fianzas en las ubicaciones con “ventanas de fianzas” u otros obstáculos aptos para limitar el riesgo del personal.  Localmente esto implica que las personas ya no podrán pagar las fianzas en Krome o Tampa.  A partir del 18 de marzo de 2020, ICE sólo aceptará fianzas en las siguientes oficinas: Miramar, Orlando, San Juan y Jacksonville.

Las Suspensiones de Expulsión se Pueden Presentar por Correo

ICE anunció que va a permitir que las Suspensiones de Expulsión (Formulario I-246), se presenten por correo, acompañadas por giros postales o fondos certificados.

Los Detenidos no Tendrán Visitas Sociales

ICE ha suspendido temporalmente las visitas sociales en todas sus instalaciones de detención. La comunicación entre miembros de familia y los detenidos todavía está disponible por medio de teléfono. Las visitas presenciales todavía están permitidas para los asesores jurídicos. Antes de realizar la visita, los asesores jurídicos tendrán que someterse a la misma revisión que los funcionarios para ingresar a las instalaciones, y están obligados a traer su propio equipo de protección personal.

Liberación Potencial de Detenidos Vulnerables

ICE identificó 600 potenciales detenidos vulnerables que son aptos para ser liberados en medio del brote de COVID-19. A partir del 7 de abril, la agencia reportó que más de 160 detenidos vulnerables han sido liberados.  ICE indicó que hará sus determinaciones basándose en la asesoría del Centro de Control de Enfermedades y que revisará los casos de las personas que tienen más de 60 años y aquellas que están embarazadas.  Si bien es prometedor que algunas personas detenidas han sido liberadas, la respuesta es insuficiente para atender la crisis humanitaria, ya que hay más de 35.000 detenidos de ICE en centros de detención superpoblados que son propicios para infecciones y muertes masivas.

Organizaciones de Derechos Civil Presentan Demandas en contra de ICE para Asegurar la Liberación de los Detenidos

Si bien las cárceles y prisiones federales de EE.UU. han estado liberando prisioneros a lo largo del país como consecuencia de la epidemia COVID-19, ICE no ha realizado un esfuerzo similar para liberar los inmigrantes que están detenidos actualmente.  Actualmente hay aproximadamente 35.000 reclusos detenidos por ICE y más del 60% de estos no tienen antecedentes criminales. Sólo un pequeño porcentaje de detenidos de ICE ha sido condenados por crímenes violentos.

Defensores de inmigración, grupos de derechos humanos, y jueces de inmigración ha hecho un llamado para la liberación en medio de la pandemia, de detenidos de ICE que no son violentos. Los detenidos de ICE son especialmente vulnerables dada las condiciones antihigiénicas de las instalaciones y la falta inevitable del “distanciamiento social”. Los centros de detención de inmigración han sido escrutados y demandados por suministrar un cuidado médico deficiente, el cual ha resultado en la muerte de reclusos.  La propagación de COVID-19 en las instalaciones de inmigración también presenta un riesgo sanitario para los agentes de ICE, el personal de salud, trabajados contratados, y personas que trabajan en las instalaciones de detención y sus familias.

En respuesta a la inacción de ICE, la ACLU, el Southern Poverty Law Center, el Northwest Immigrants Project, y otras organizaciones de derechos civiles, han presentado demandas contra ICE para conseguir la libertad de los detenidos médicamente vulnerables.  Actualmente, tribunales federales en California, Washington, y Luisiana, están considerando la libertad de otros detenidos de ICE en medio del brote de COVID-19. En Maryland, a los detenidos de ICE recluidos en las instalaciones de Jessup les van a iniciar pruebas del COVID-19 como resultado de una demanda, sin embargo, el juez en este caso se negó a liberar a los detenidos.

En otra demanda, grupos de derechos presentaron una petición para una orden de restricción de emergencia (TRO, por sus siglas en inglés) que busca una pausa temporal para todas las audiencias presenciales en los tribunales de inmigración y para facilitar comunicaciones confidenciales entre los detenidos y sus abogados.  Lo que se espera con la TRO es que la pausa temporal permitiría, entre otros cambios de prácticas, a los tribunales de inmigración e ICE, a adoptar prácticas que permitirían audiencias a remoto por medio de videoconferencias.

La detención continua de personas detenidas por ICE también presenta retos logísticos, y riesgos de salud para sus abogados de inmigración.  SI bien los tribunales de inmigración han aplazado las audiencias de los que no están detenidos hasta el 1 de mayo, las audiencias para los detenidos continúan, exponiendo a los abogados a riesgos de ser expuesto al COVID-19 en los tribunales de inmigración y los centros de detención.  Y, desde el 25 de marzo, los abogados que están representando a inmigrantes detenidos están obligados a suministrar su propio equipo de protección personal (PPE, por sus siglas en inglés), cuando visiten a sus clientes, o cuando realicen apariencias presenciales en los tribunales.

Mientras tanto, en una nota relacionada, el Tribunal de Apelaciones del Circuito de EE.UU. para el Circuito Noveno ratificó una orden en California, la cual requiere audiencias de fianza para los detenidos de inmigración con órdenes de expulsión, quienes han estado detenido por seis meses o más.

CBP y la Aplicación Fronteriza: Un tema importante que afecta a los extranjeros implica la admisión a Estados Unidos para mantener su estatus, tales como los residentes permanentes legales (LPR, por sus siglas en inglés), quienes han estado por fuera de Estados Unidos por seis meses o más, y para aquellos ingresantes que están obligados a salir de Estados Unidos cuando termine su periodo de admisión de 90 días.  USCIS no ha notificado que pueden hacer los LPR para mantener sus estatus de residente permanente si ahora están atrapados en el extranjero por 12 meses o más.  Bajo la ley, se presume que los LPR que estén fuera del país por 12 meses o más han abandonado su intención de vivir permanentemente en Estados Unidos, y pueden perder sus tarjetas verdes involuntariamente.  Supuestamente, estos LPR que estén por fuera de EE.UU. de 6-12 meses, podrán demostrar que su periodo de salida extenso claramente no estaba bajo su control y serán admitidos sin incidente.  Se aconseja a los extranjeros que documenten su intención de regresar a Estados Unidos. Para los ingresantes ESTA que no pueden salir de EE.UU., y a quienes no se les permite presentar una solicitud para extender su estadía, muchas oficinas en los aeropuertos de inspección-diferida están aceptando solicitudes de “salidas satisfactorias” hasta por 30 días.  Supuestamente se pueden extender estas solicitudes.

El Departamento de Estado y las Embajadas Estadounidenses en el Exterior: Todas las embajadas y consulados de EE.UU. han suspendido todos los servicios rutinarios de visas de inmigrante y no-inmigrante, y no se ha hecho ningún anuncio sobre cuando DOS tiene planes para abrirlas de nuevo.  Es probable que los puestos los abran de forma periódica, dependiendo de las circunstancias en el campo.  De hecho, no se ha dado mucha orientación.  El Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés), el cual examina la mayoría de las solicitudes de visas de inmigrante para ser procesadas en los consulados, continúa operando y está procesando casos.  Como resultado del brote global de COVID-19, el NVC tuvo que reducir temporalmente su dotación de personal.  NVC adicionalmente recomendó que sólo las consultas humanitarias o médicas urgentes, o actualizaciones de casos necesarias, podrían hacer uso del formulario “AskNVC”.

Extensión Automática de las Visas J-1

DOS ha notificado a los patrocinadores de programas, que va a ofrecer extensiones de dos meses para algunos visitantes de intercambio J-1 para programas fechas finales en SEVIS (el Sistema de Información de Visitantes Estudiantes e Intercambio) en registros activos con una fecha final entre el 1 de abril y 31 de mayo de 2020.  Asimismo, es posible que aquellos en el estatus de visa J-1 que hayan finalizado su programa de intercambio en marzo, pero permanecen en EE.UU. debido a circunstancias fuera de su control (tales como falta de vuelos a su hogar, etc.) puedan reintegrar o expandir la fecha final del programa al 31 de mayo de 2020.  Se aconsejo a los patrocinadores de programa que presentaran la documentación necesaria a más tardar el 15 de abril.

Actualización de DOS para las Visas para los Profesionales Médicos

El Departamento de Estado ha recomendado a los profesionales de la salud con una solicitud de visa de EE.UU. de inmigrante o no-inmigrante aprobada (I-129 o I-140, con una fecha de prioridad vigente, o similar), o con un certificado de elegibilidad en un programa de intercambio de visitante aprobado (DS-2019), específicamente aquellos que están trabajando para atender o mitigar los efectos de COVID-19. Que consulte la página web de su embajada o consulado Americano más cercano, para conocer los procedimientos para solicitar una entrevista de visa urgente.  Las embajadas y consulados americanos continuarán prestando servicios críticos de emergencia y de visas hasta donde sea posible, dadas las restricciones de recursos y las restricciones de los gobiernos locales.

Otras Inquietudes de DOS

El Departamento de Estado no ha abordado directamente el tema de cómo los benéficos de desempleo van afectar la determinación de cargo público que realizan los funcionarios consulares en los consulados Americanos en el extranjero, ni tampoco ha confirmado si el tratamiento de cuidado relacionado con COVID-19 se va a tomar en cuenta como parte del análisis de la totalidad-de-las-circunstancias del cargo público.

Departamento de Trabajo: Si bien el Departamento de Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés) tiene un rol limitado en los casos relacionados con inmigración, este juega un rol importante en las peticiones H-1B (y H-1B1 y E-3) y las solicitudes de visa de inmigrante basadas en las certificaciones laborales PERM:

Asesoramiento para Empleadores H-1B, H-1B1, y E-3

Los términos y condiciones de empleo de los empleados H-1B, H-1B1 y E-3 se rigen por la solicitud de condiciones laborales (LCA, por sus siglas en inglés) que se presenta ante el DOL y se incluye con la petición a USCIS.  Los empleadores deben de ser conscientes que el cambiar el empleo de dichos empleados debido al COVID-19 probablemente requiere que el empleador tome alguna clase de acción.  Cambio de ubicación de la oficina al hogar del trabajador para trabajo remoto, mientras que estén en la misma Área de Estadística Metropolitana (MSA, por sus siglas en inglés), es permitido, pero requiere una nueva publicación en el LCA del empleado.  Otros tipos de cambios en empleo que se dan debido al COVID-19 requieren una acción más drástica, como notificar a USCIS/DOL, o presentar ante USCIS una modificación de petición. Los empleadores no deben clasificar a un trabajador en un estatus no-productivo sin algo, como una licencia.  El despido de un empleado H-1B es la mejor opción, lo cual da más flexibilidad y un periodo de gracia para el empleado de 60 días. El cambio de las horas de un empleado de trabajo de tiempo completo a trabajo de medio tiempo requiere la presentación de una nueva LCA ante el DOL, y una modificación de petición con USCIS.  Afortunadamente, USCIS y DOL están proporcionando algo de clemencia debido al COVID-19, al sólo requerir que se presenten nuevas LCAs o modificaciones de peticiones en cuanto sea posible, o dentro de 30 días del cambio.

Extensión de Plazos para PERM

Se han extendido las fechas límite para casos tipo PERM, tales como respuestas a las auditorías PERM, notificaciones de deficiencia, o reclutamiento supervisado.  Si la fecha límite específica cae dentro del periodo del 13 de marzo hasta el 12 de mayo de 2020, la respuesta del empleador o presentación de información o documentos se considerarán oportunas si el centro de procesamiento correspondiente las recibe a más tardar el 12 de mayo.

También se extendieron las fechas límite de presentación de PERM.  Las presentaciones de PERM requieren una Notificación de Presentación, la cual requiere notificación física, por lo tanto, la notificación electrónica sólo puede ser un complemento, pero no puede reemplazar la notificación física.  Es por esto que algunos empleadores están obligados a esperar para presentar el PERM hasta que puedan realizar la notificación física de la Notificación de Presentación cuando sus empleados regresen a las oficinas de sus negocios.  Sin embargo, se aceptará el reclutamiento que se haya completado dentro de los 60 días luego que hayan pasado las fichas limites regulatorias (cuando el reclutamiento pudo haber caducado) para suministrar a los empleadores con tiempo suficiente para completar el reclutamiento obligatorio, y presentar la solicitud de PERM que corresponde con las regulaciones.  Esta extensión sólo se permitirá en casos donde el empleador inició el reclutamiento antes del 13 de marzo de 2020. El reclutamiento atrasado que se realizó junto con la presentación de una solicitud para la certificación de trabajo permanente tiene que haberse iniciado desde, o después del 15 de septiembre de 2019, y la presentación debe realizarse el 12 de mayo de 2020.

Se Enviarán las Certificaciones PERM por Correo 

La Oficina de Certificación de Trabajo Extranjero anunció que desde el 25 de marzo hasta el 30 de junio de 2020, los documentos de certificación laboral PERM se emitirán electrónicamente. La PERM certificada finalizada llegará a los empleadores y sus abogados o agentes autorizados, por medio de un email de plc.atlanta@dol.gov, y no por correo.  Durante este tiempo, la versión de PERM certificada que se envió por email debe imprimirse, y el empleador, el empleado patrocinado, y el abogado tienen que firmar y fechar antes de presentar con la petición I-140.

El Departamento de Justicia y los Tribunales de Inmigración: Al igual que USCIS e ICE, la mayoría de los tribunales de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés), continúan operando y están procesando casos; sin embargo, algunos tribunales están cerrados temporalmente debido al COVID-19. Continúa la emisión de las estampillas de recibo para las solicitudes de defensa, peticiones, alegaciones, y presentaciones de evidencia.  Asimismo, los tribunales continúan emitiendo nuevas notificaciones de audiencias, y los jueces de inmigración continúan fallando sobre las peticiones.  Igualmente, BIA continúa aceptando las notificaciones de apelación, escritos legales, y peticiones.  Si bien los tribunales de inmigración y BIA siguen operando, las audiencias de inmigración para las personas que no están detenidas se han reprogramado hasta el 1 de mayo de 2020.  Los siguientes son otros cambios de política que afectan EOIR:

Estatus Operacional de EOIR Durante COVID-19

Si bien los tribunales de inmigración permanecen abiertos para escuchar casos de detenidos y aceptar presentaciones presenciales, muchos tribunales a lo largo del país se han visto afectados como resultado de la pandemia, lo cual ha causado cierres temporales. Por lo tanto, EOIR creó una página web con el estatus operativo de BIA y los tribunales a nivel nacional.  Para recibir notificaciones del DOJ por email con respecto a cierres, órdenes permanentes, y otros cambios, debe suscribirse acá.

Órdenes Permanentes en los Tribunales de Inmigración

El Manual de Práctica Judicial se está actualizando frecuentemente para incluir Órdenes Permanentes en los tribunales locales (ver Anexo R).  Desde el 25 de marzo, hay +ordenes permanentes específicas para los tribunales de Adelanto, Arlington, Atlanta, Baltimore, Batavia, Boston, Búfalo, Chicago, Cleveland, Conroe, Dallas, Elizabeth, Florence, Hartford, Kansas City, Las Vegas, Nueva York-Varick, Omaha, Pearsall, San Antonio, Lumpkin, Tacoma, Tucson, y York. Si bien las órdenes permanentes permiten comparecencias telefónicas sin email, otras requieren previa notificación al tribunal, pero por medios más informales, incluyendo email.

EOIR Aceptará Tramites por Correo

EOIR ha aceptado cuentas de email temporales para que los tribunales de inmigración y BIA faciliten la presentación electrónica. Asimismo, ahora también se están aceptando firmas digitales y fotocopias de firmas para las presentaciones ante EOIR y BIA. BIA únicamente está aceptando escritos jurídicos, peticiones, y nuevas entradas de comparecencias por medio de email.  Las Notificaciones de Apelación todavía tienen que presentarse por correo o presencialmente.

Colegios de Abogados Condenan el Racismo y Xenofobia Relacionados con el COVID-19

Se han reportado más de 1.000 actos de discriminación, incluyendo actos violentos serios, dirigidos hacia los asiáticos y asiático-americanos durante las últimas dos semanas de marzo, y nuevos incidentes pasan a diario.  Estos actos aborrecibles se están cometiendo en contra de asiáticos y asiático-americanos de todas las edades, con víctimas de tan sólo dos años.  Muchos colegios de abogado han denunciado fuertemente estos actos aborrecibles, y han instado a otros que se unan en reportar este racismo, educar al público, responsabilizar a los responsables, y trabajar juntos durante estos tiempos de dificultades enormes en América.

La retórica como referirse al virus como el “Virus Chino”, “Wuhan Virus”, el virus “extranjero”, ha fomentado y está unido al aumento de actos aborrecibles hacia los asiáticos y asiático-americanos. La Organización Mundial de la Salud (OMS), y el Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), han manifestado específicamente que el uso de dichos términos crea un estigma dañino contra grupos étnicos y minorías, y pone en más peligro la salud pública.

Se anima a las fuerzas de policía, federales, estatales y locales a investigar y procesar dichos actos ilícitos.  Esperamos que lo hagan. Se han instalado líneas directas en las comunidades para que el público reporte incidentes contra los asiáticos.

OTRAS NOTICIAS

Requisitos Nuevos Más Rigurosos en los Casos de “Cancelación de Expulsión” que Involucran Dificultades Médicas y Otros Casos de Dificultades

El 31 de marzo, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), la corte administrativa a nivel de apelación para temas de inmigración, escuchó un caso de expulsión (un remedio disponible para LPRs que están en procesos de deportación) que a la medida que una petición se base en la salud de un familiar elegible, un solicitante debe de establecer que el familiar tiene (1) una condición de salud seria, y (2) si esta persona acompañará al solicitante al país de expulsión, este no tendría disponible en ese país un cuidado de salud aceptable para la condición que se está alegando.

Si bien el fallo de BIA implicaba un caso de cancelación de expulsión, este pudiese establecer un precedente para otras solicitudes de inmigración que requieran demostrar dificultad para un familiar elegible.  Por ejemplo, presencia ilegal, fraude, algunas permanencias de dos años en un país extranjero, y algunas exenciones para inadmisibilidad criminal, requieren que el extranjero demuestre dificultad para un familiar elegible.  Es importante tomar en cuenta que, si bien este estándar de dificultad para las exenciones de inadmisibilidad es más bajo que para las cancelaciones de expulsión, este tipo de solicitudes implican la consideración de los mismos factores, incluyendo dificultad médica.

La junta ha mantenido por mucho tiempo que la salud de familiares es un factor importante al analizar la dificultad.  Este fallo reciente especifica que el demostrar que un familiar elegible sufre complicaciones de salud, no es suficiente.  Los solicitantes tienen la responsabilidad de demostrar que la condición de salud que sufre el familiar elegible es ambas, seria, y que el cuidado médico no está suficientemente disponible en el país de expulsión.

En su fallo, BIA no define una condición de salud “seria”.  Más bien, sostuvo que el solicitante tiene que suministrar evidencia convincente que se “refiera a hechos específicos” para así cumplir con la responsabilidad.  El fallo reconoce que los solicitantes no tienen experiencia médica, y tendrían que presentar evidencia confiable corroboradora que confirme que la condición médica era seria.

Asimismo, BIA no definió que constituye cuidado médico “suficientemente disponible” en el país de expulsión, y la evidencia que se requiere para sustentar que no está disponible el cuidado médico.  Además, el fallo sólo delibera como se analiza la dificultad médica si un familiar elegible tiene que regresar al país de expulsión del extranjero; no aborda que debe tomarse en cuenta si hay una separación como resultado de la expulsión.  En muchos casos, la condición del familiar elegible puede deteriorar como resultado de la separación, como resultado de la pérdida al acceso a seguro de salud, apoyo emocional, e incremento de estrés.

En general, este fallo sigue una tendencia de los fallos de la Junta, que hace más rigorosos los requisitos para los extranjeros que buscan beneficios de inmigración.  Además, mientras incrementa los requisitos para triunfar, la Junta no suministra suficiente orientación sobre cómo se puede cumplir con los requisitos.  Estos cambios crean unos retos excepcionales en casos que implican dificultad.  Los extranjeros tendrán que trabajar muy de cerca con sus abogados y profesionales de salud, para obtener suficiente evidencia que sustente la condición.  Igualmente, casos que implican dificultad médica exigirán que los abogados proporcionen un análisis más a fondo legal y objetivo, para que los extranjeros reciban el beneficio de inmigración en cuestión.

Resumen de Noticias

Se alcanzó el Tope de visas H-1B Durante el Periodo de Inscripción: USCIS ha recibido suficientes peticiones de visa H-1B que están sujetas a un tope, excediendo el límite legal de 65.000 visas (20.000 visas de tope Maestro) y realizó su lotería de selección aleatoria de visas. De hecho, se recibieron más de 275.000 inscripciones este año.  Los empleadores-solicitantes seleccionados tienen 90 días para presentar sus peticiones.

Nuevo Formulario I-9: USCIS anunció que ya está disponible para uso una nueva versión del Formulario I-9 (Verificación de Elegibilidad de Empleo) con una fecha de versión de “(Rev. 21/10/2019)”. Los empleadores pueden continuar usando la versión anterior del formulario hasta el 30/4/2020. 

Se Extendieron las Autorizaciones de Trabajo para los Liberianos Beneficiarios de DED: USCIS automáticamente extenderá EAD DED-relacionados para liberianos que están cubiertos bajo Salida Forzada Diferida (DED, por sus siglas en inglés) hasta el 10/1/21, el final del periodo de desmantelamiento para DED.

Se Extendió el TPS para Somalia: Notificación de DHS extendiendo por 18 meses la designación del Estado de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para Sudán del Sur, desde el 18/03/2020 hasta el 17/09/2021. El periodo de reasignación va desde 11/03/2020 hasta 11/05/2020.