Boletín de Diciembre de 2021

by | Jan 10, 2022 | Sin categorizar

  • Estado actual de las visas pendientes y demoras de procesamiento; recomendaciones para eliminar los pendientes del consulado relacionados con la pandemia
  • El DOS autoriza a los funcionarios consulares a prescindir de entrevistas para ciertos no inmigrantes
  • USCIS prescindirá temporalmente de la norma de 60 días para el reporte de exámenes médicos y acta de vacunación
  • USCIS actualiza las políticas sobre autorización de empleo para los cónyuges dependientes de ciertos no inmigrantes de clase H, E y L
  • El veto de viajes para países africanos por COVID-19 será retirado el 31 de diciembre
  • Resumen de noticias: Temporada del Año Fiscal 2023 para la H-1B: es hora de iniciar el proceso antes de la fecha límite para el registro de marzo de 2020; extensión de viajes para los ciudadanos de EE. UU. con pasaportes vencidos; USCIS retira la regulación de selección basada en el salario para la H-1B; los funcionarios de ICE han de usar cámaras corporales; DHS suspende ciertas restricciones de trabajo para estudiantes de Hong Kong bajo la F-1.

Estado actual de las visas pendientes y demoras de procesamiento; recomendaciones para eliminar los pendientes del consulado relacionados con la pandemia

Actualmente, individuos, familias y empresas estadounidenses han sufrido de retrasos en visas de inmigrantes y no inmigrantes dignos de una crisis, así como demoras en el procesamiento de visas en el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) Estos pendientes y demoras han tenido consecuencias significativas. Se han separado familias. Personas han perdido su oportunidad de vivir el sueño americano. Las empresas estadounidenses no han podido traer y regresar el talento extranjero para llenar cargos temporales y permanentes, afectando, por lo tanto, la recuperación económica de nuestra nación frente a la pandemia del COVID-19. El mismo DOS también ha sufrido. Ya que las embajadas y consulados de los EE. UU. en todo el mundo fueron cerradas debido a la pandemia, el DOS se enfrentó a dificultadas financieras significativas como resultado de una reducción en los ingresos de las tarifas administrativas del DOS, junto con un aumento de ocho veces en los pendientes de visas de inmigrantes en los consulados.

Lo siguiente se ha extraído y condensado de un informe de políticas redactado por la Asociación Estadounidense de Abogados Migratorios (AILA, por sus siglas en inglés) para brindar políticas y procedimientos sensatos que el DOS puede adoptar para asegurar una función continua y eficiente del DOS luego de la pandemia global. Alentamos a las empresas y familias a discutir estas ideas con sus miembros del Congreso.

Estas son las cifras: Ha habido una pronunciada reducción en la emisión de visas para inmigrantes (IV, por sus siglas en inglés) y visas para no inmigrantes (NIV, por sus siglas en inglés). La cantidad promedio de IV emitidas por mes durante la pandemia está apenas por encima de 11.000, muy lejano del promedio previo a la pandemia cercano a 39.000. En el 2019, los casos de casos de visas para inmigrantes pendientes en el Centro Nacional de Visados (NVC, por sus siglas en inglés) a la espera de entrevista eran 60.866. Dos años después, esas cifras se han disparado, con el NVC reportando 506.221 solicitudes de visas para inmigrantes a la espera de entrevistas en junio 2021. Como el NVC confirmó en febrero de 2021, sigue programando casos únicamente para los puntos consulares que pueden realizar las entrevistas. Si bien las cosas aparentan tener una tendencia en la dirección correcta, las restricciones impuestas por la pandemia han creado una enorme lista de IV pendientes que sigue en aumento. La emisión de visas para no inmigrantes también se redujo pronunciadamente durante esta época, con los promedios mensuales de emisión reduciéndose de más de 721.305 a alrededor de 144.224 por mes.

Retomar el procesamiento interno de renovación de visas.

El DOS tiene la autoridad de renovar visas para no inmigrantes desde dentro de los Estados Unidos, y así lo hizo rutinariamente para las categorías de visa C, E, H, I, L, O y P hasta el 16 de julio de 2004. Al suspender la política de renovación interna para las categorías de visa no diplomáticas en 2004, el DOS citó una nueva ley que requería identificadores biométricos como parte del proceso de emisión de visas y su incapacidad de recolectar la información biométrica dentro de los EE. UU. como el motivante para esta decisión. Diecisiete años más tarde, la recolección de información biométrica no debería seguir siendo un problema. En un momento en el que la lista de visas para inmigrantes pendientes es más de ocho veces los pendientes normales, y comprende más de medio millón de solicitudes apropiadas documentalmente, restablecer la renovación de visas para no inmigrantes en los EE. UU. para las anteriores categorías sería un avance tremendo en permitir que los puntos consulares se centren en reducir los pendientes y demás prioridades clave.

Extender automáticamente las visas que han vencido durante la pandemia por 24 meses.

El DOS debería además considerar otorgar extensiones automáticas de 24 meses para los titulares de visas de no inmigrantes que estuvieran encallados en el exterior o tuvieran que regresar a sus hogares por asuntos urgentes o emergencias familiares durante la pandemia, provisto que cuenten con una circular I-797 válida del USCIS, o una DS-2019 o I-20.

Maximizar el personal de procesamiento de IV en los puntos consulares.

Llenar vacantes abiertas durante largos periodos en el DOS para los niveles consulares de la Secretaría Asistente de Diputados (DAS, por sus siglas en inglés) y la Secretaría Asistente para restablecer la administración y operaciones adecuadas en ambas agencias y así abordar exitosamente los pendientes relacionados con la pandemia. Adicionalmente a llenar las vacantes de liderazgo, será necesario aumentar el personal en los puntos consulares y, a un menor grado, en la Oficina de Visados. El DOS debe usar todos los métodos históricamente probados para aumentar rápidamente el personal, incluyendo nombrar personal existente para suplir a los funcionarios consulares, así como hacer un llamado a antiguos funcionarios consulares con experiencia y demás funcionarios del DOS. El DOS también debe reclutar recién graduados y considerar ofrecer, con el tiempo, condonar la deuda estudiantil a cambio de su servicio.

Revisar la normativa para permitir entrevistas virtuales de visas para inmigrantes y no inmigrantes.

El DOS debe finalizar rápidamente su propuesta de permitir no exigir ciertos requisitos de presentación en persona y de juramento para los candidatos a visas para inmigrantes. El DOS debe revisar la normativa actual para autorizar entrevistas virtuales para los candidatos iniciales de visas para no inmigrantes, para ayudar a abordar los pendientes mientras se minimiza el contacto físico, lo que permitiría al personal de cualquier parte del mundo entrevistar a los candidatos de manera segura. Los problemas de seguridad pueden abordarse de todos modos, ya que el funcionario puede ver al candidato y comparar al candidato con la fotografía del pasaporte. Los casos de mayor riesgo pueden seguir requiriendo entrevistas en persona. [Ver a continuación:  El DOS ha extendido la no exigencia de ciertas entrevistas en persona.]

Hacer uso de funcionarios consulares en los EE. UU. para adjudicar las solicitudes de visas.

Además de funcionarios de servicio extranjeros en el país (FSO, por sus siglas en inglés), podrían entrenarse nuevos FSO, servidores civiles diputados y jubilados como personal suplementario para realizar entrevistas de visa remotas, así como para ocuparse de otros aspectos del proceso de emisión de visas desde dentro de los Estados Unidos, lo que resultaría en tiempos de espera menores para las citas y en evitar las limitaciones del espacio en los puntos consulares en el extranjero. Esto sería una manera económica y más rápida de eliminar los pendientes, ya que la falta de espacio para distanciar físicamente a los candidatos y al personal en los puntos consulares no puede solucionarse rápidamente.

Hacer uso de una coordinación inter-agencia con Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los EE. UU.

Admitir a todos los residentes permanentes (LPR, por sus siglas en inglés) de los EE. UU. que regresan a los Estados Unidos del extranjero sin realizar un análisis de abandono si salieron por última vez de los Estados Unidos luego del 31 de diciembre de 2019, o que cuenten con un permiso de reingreso válido para esas mismas fechas, así como no hacer uso de las solicitudes SB-1 para visas de regreso de residentes en los puntos consulares.  La normativa actual impone una suposición de abandono para los LPR que hayan estado fuera de los Estados Unidos durante más de un año. Adoptar una política que permita a todos los LPR ser admitidos sin un análisis CBP por abandono o sin la necesidad de una solicitud SB-1 para visas de regreso de residentes evitaría solicitudes innecesarias en los consulados.

Extender automáticamente las visas para inmigrantes de 6 meses a 18 meses.

Por ley, las visas para inmigrantes emitidas en puntos consulares son típicamente válidas por hasta seis meses; sin embargo, existen circunstancias y procedimientos mediante los cuales pueden renovarse estas visas. El esquema actual permite que la renovación de las visas para inmigrantes que no pudieron usarse por motivos fuera del control del candidato, y por las que el candidato no fuera responsable, si se renuevan dentro del mismo año fiscal. En circunstancias similares, pero en las que la visa para inmigrantes inicial fue emitida en un año fiscal previo, el DOS recupera el número de visa del año en que fue emitida, y requiere que el candidato vuelva a solicitar una nueva visa y pague de nuevo las tarifas. Esto no tiene sentido, aunque esta política claramente se alinea con la ley. Como un asunto práctico, requerir que los titulares de visas de inmigrantes que vencieron en el año fiscal 2020 debido a la pandemia vuelvan a solicitar nuevas visas para inmigrantes incrementa las cargas consulares. Para evitar la carga administrativa de tener que renovar esas visas, sería prudente, dentro de las prioridades de alivio contra el COVID de la Administración, una disposición legislativa que extienda, mediante una operación legal, la validez de todas las visas para inmigrantes emitidas desde el 30 de junio de 2019, hasta el 30 de junio de 2022. Esta medida prevendría el procesamiento burocrático innecesario en los puntos consulares, y liberaría a los funcionarios consulares para que se centren en eliminar las visas para inmigrantes pendientes y resumir el procesamiento rutinario de visas para no inmigrantes.

Recuperar y evitar la pérdida de visas sin asignar.

Dada la magnitud de la lista de IV pendientes y los continuos obstáculos procesales, es poco probable que el DOS pueda procesar todas las IV disponibles antes del fin del año fiscal 2021. Por ello, es probable que cientos de miles de IV puedan perderse permanentemente, aunque muchos individuos hayan estado esperando una IV durante años. En el año fiscal 2020, más de 100.000 visas de las categorías familiares y de preferencia por diversidad no fueron utilizadas. Es imperativo que el DOS recupere administrativamente esas visas perdidas. Además, en el futuro, el DOS debe tomar medidas activas para asegurar que todos los números de visa disponibles para el año fiscal 2021 sean asignados totalmente, y no se pierdan simplemente debido a demoras en el procesamiento. El congreso también debe actuar para recuperar esas visas no utilizadas durante la pandemia, además de las aproximadamente 200.000 visas perdidas en años pasados. Por último, el Congreso debe promulgar una solución estatutaria para asegurar que las visas no utilizadas sean adecuadamente reasignadas en el futuro, para lograr su intención de que todas las IV disponibles sean propiamente asignadas.

El DOS autoriza a los funcionarios consulares a prescindir de entrevistas para ciertos no inmigrantes

El 23 de diciembre, el DOS autorizó a los funcionarios consulares a prescindir, hasta el fin de 2022, del requisito de entrevistas en persona para aquellos candidatos a visas H-1, H-3, H-4, L, O, P y Q. Dichos candidatos deben cumplir con ciertas condiciones:  contar con una petición aprobada por el USCIS, solicitar la visa en su país de nacionalidad o residencia, y que nunca se les haya negado una visa, a menos que la negativa fuese resuelta o exonerada. Los candidatos tampoco deben presentar una no elegibilidad aparente o potencial.  Los candidatos por primera vez que hayan viajado a los EE. UU. bajo la ESTA también son elegibles para la exención de la entrevista. Los no inmigrantes de categoría J, F y M también son elegibles.  Alentamos a los candidatos a revisar el sitio web de la embajada o consulado de los EE. UU. pertinentes para confirmar el nivel de los servicios actualmente ofrecidos, así como para encontrar las pautas para la solicitud de una visa sin entrevista.

El USCIS prescindirá temporalmente de la norma de 60 días para el reporte de exámenes médicos y actas de vacunación

Como respuesta a las demoras en el procesamiento causadas por la pandemia de COVID-19, el USCIS anunció que prescindirá temporalmente del requisito de que los médicos de migración firmen el Formulario I-693 (Reporte de Examinación Médica y Acta de Vacunación) con fecha menor a 60 días antes de la presentación de la solicitud buscando un beneficio migratorio. Este cambio en las políticas será efectivo hasta el 30 de septiembre de 2022 para aquellas solicitudes que aún no hayan sido adjudicadas.

Desde el cierre de las oficinas del USCIS en 2020, los candidatos han sufrido demoras de procesamiento extremas. El USCIS ha reconocido que estas demoras se encuentran por fuera del control de los candidatos. Por lo tanto, el nuevo cambio en la política les permitirá a los candidatos presentar sus solicitudes con un Formulario I-693 diligenciado, sin importar si un médico de migración firmara el examen más de 60 días antes. Estos candidatos no tendrán que presentar otro examen médico siempre y cuando el Formulario I-693 diligenciado sea preciso.

El USCIS actualiza las políticas sobre autorización de empleo para los cónyuges dependientes de ciertos no inmigrantes de categoría H, E y L

A principios de noviembre, el USCIS anunció nuevas políticas sobre la autorización de empleo para los cónyuges dependientes de ciertos no inmigrantes de categoría H, E y L. En primer lugar, se otorga a estas personas extensiones automáticas de su autorización de trabajo. En segundo lugar, se otorga autorización de trabajo “incidente al estatus” para los cónyuges bajo la E y L. En otras palabras, estas personas no estarán obligadas a solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) mediante el USCIS, y se les emitirá automáticamente actas I-94 que otorgan la incidencia de empleo a sus estados.  Sin embargo, tales actas I-94 deben ser implementadas.

Las nuevas políticas son un cambio positivo para los cónyuges de no inmigrantes bajo las categorías H, E y L.

Extensiones automáticas de los EAD para los cónyuges de categoría H-4, L-2, y E

Las nuevas políticas permiten a los cónyuges dependientes bajo las categorías H-4, E, y L calificar para la extensión automática de sus EAD existentes si diligenciaron adecuadamente una solicitud I-765 para renovar su EAD con base en las H-4, E o L previo a su vencimiento, y si el cónyuge bajo las categorías H-4, L-2 o E-2 cuentan con un I-94 vigente que demuestre un estatus de no inmigrante válido. El EAD será extendido automáticamente hasta la fecha de vencimiento del I-94, la aprobación y negación de la solicitud de renovación del I-765, o 180 días desde la fecha de vencimiento del previo EAD – lo que ocurra primero.

Ha de tenerse en cuenta que las extensiones automáticas del EAD para los cónyuges bajo las categorías H-4, L-2, y E solo aplicarán para quienes cuenten con un documento I-94 que indique un estatus subyacente de categoría H-4, L-2 o E luego de que el EAD venza. Como consecuencia, los cónyuges con estados vencidos e I-539 pendientes para extender su estatus bajo las categorías H-4, L-2 y E ante el USCIS no pueden beneficiarse de la extensión automática del EAD.

Se otorgará autorización de empleo incidente al estado a los cónyuges bajo las categorías L-2 y E

Las nuevas políticas consideran a los cónyuges dependientes bajo las categorías L-2 y E-2 como autorizados para el empleo “incidente al estatus.” Las políticas antiguas requerían a los cónyuges bajo la L-2, y a ciertos cónyuges bajo la H-4, solicitar y obtener tarjetas de EAD para trabajar legalmente en los Estados Unidos. Dado el aumento en las demoras de procesamiento en los años recientes, muchos cónyuges bajo la L-2 o E-2 experimentaron grandes lapsos en sus autorizaciones laborales mientras esperaban que se adjudicaran sus solicitudes de permiso de trabajo. Bajo la nueva normativa, una admisión válida a los Estados Unidos como un cónyuge dependiente bajo la L-2 o E-2 permitirá que dichos cónyuges estén automáticamente autorizados para trabajar sin tener que solicitar afirmativamente un EAD. Sin embargo, paradójicamente, existe temporalmente un bloqueo para que estos dependientes sean considerados como “autorizados para trabajar incidente a su estatus” por una falta de Formularios I-94 debidamente anotados.

Durante el periodo de cuatro meses en el que el DHS desarrolla una solución administrativa para la anotación de los Formularios I-94 para los cónyuges dependientes bajo las categorías L-2 y E, estos individuos seguirán necesitando un EAD para iniciar o continuar su empleo. Además, la nueva política del USCIS confirma que, si bien los cónyuges dependientes bajo las categorías L-2 y E ya no estarán obligados a obtener un EAD, pueden solicitar uno si lo desean.

Esta regla específica solo aplica para los cónyuges bajo las categorías L-2 y E – los cónyuges bajo la categoría H-4, o los hijos dependientes bajo las H-4, L-2 o E no están incluidos.

El veto de viajes para países africanos por COVID-19 será retirado el 31 de diciembre

El presidente Biden promulgó otra  Proclamación de veto de viajes el 26 de noviembre, a ser retirado el 31 de diciembre. El veto que suspendía y limitaba la entrada de ciertos inmigrantes y no inmigrantes que se encontraran físicamente presentes en países donde la nueva variante de COVID-19, Ómicron, fuese detectada. Los individuos que se encontraran físicamente presentes en Botsuana, Esuatini, Lesoto, Malawi, Mozambique, Namibia, Sudáfrica, y Zimbabue 14 días antes de la fecha prevista de llegada a los Estados Unidos tienen prohibida la entrada a los Estados Unidos hasta el final del mes.

Resumen de Noticias

Temporada del Año Fiscal 2023 para la H-1B: hora de iniciar el proceso para marzo de 2022 antes de la fecha límite de registro: Instamos a los empleadores que busquen registrar a sus empleados para el sorteo de la H-1B del año fiscal 2022 a recopilar ahora los documentos para evitar demoras en el registro y procesamiento de su documentación.

Extensión de viaje para los ciudadanos de los EE. UU. con pasaportes vencidos: El CBP ha anunciado que el permiso para utilizar pasaportes de los EE. UU. vencidos para regresar a los EE. UU. ha sido extendido hasta el 31 de marzo de 2022. Los pasaportes vencidos no pueden utilizarse para viajar de los EE. UU. a un destino internacional ni para viajar a un país extranjero por una duración de estadía mayor a una conexión de aeropuerto en una ruta hacia los Estados Unidos o un territorio de los EE. UU.

El USCIS retira la normativa de selección basada en el salario para la selección bajo la H-1B: En octubre de 2020, USCIS emitió una propuesta de norma que habría modificado el tope del proceso de selección bajo la H-1B reemplazando el proceso de selección aleatorio con un proceso de selección basado en el nivel salarial. Esta propuesta ha sido retirada.

Los oficiales de ICE han de llevar cámaras corporales: El DHS anunció que los oficiales policiales de ICE en ciertas ciudades empezarán a usar cámaras corporales para las operaciones pre planificadas. Las cámaras corporales estarán montadas en las prendas exteriores del oficial o agente. Las grabaciones pueden usarse para valorar la conducta policial para propósitos no investigativos.

El DHS suspende ciertas restricciones de trabajo para estudiantes de Hong Kong bajo la F-1: Circular del DHS suspendiendo ciertos requisitos normativos para estudiantes no inmigrantes bajo la F-1 residentes de Hong Kong (sin importar su país de nacimiento) y que sufran dificultades económicas severas.